Resumen de las jornadas organizadas por ASINCA el 4 y 5 de este mes

     Las jornadas tuvieron un alto nivel de participación y asistencia, a pesar de ser lunes y martes y en horario amplio.

     Presentamos las novedades de Qualitas CLOUD versión 7.1 y especialmente incidimos en la necesidad de repensar nuestra organización ante los cambios que han introducido en la gestión de las actividades las TI y especialmente:

      - Repensar los sistemas de comunicación: usando redes sociales de empresa, etc.

      - Repensar sistemas para generar registros automáticos durante los procesos: aplicaciones con geolocalización (ventas, reparto), etc.

      - Repensar la disponibilidad de la información: Uso CLOUD y potenciar la red wifi y sus velocidades en los espacios de la organización

      - Integrar al cliente en los ERP: acceso a la información de sus actividades

 Respecto a la presentación que hizo Dña. Esperanza Martínez García, Directora de Certificación de EQA España. Sobre la adaptación a la ISO 45001 podemos resumir:

- El período de migración será de 3 años a contar desde la fecha de publicación de la norma.

- A partir del 12 de marzo de 2021, cualquier certificado OHSAS dejará de tener validez.

- Recomienda que no demore su proceso de migración más allá de Noviembre 2020.

- Dado que la norma incorpora el esquema SL todos los apartados son similares a las ISO posteriores a 2015, salvo los aspectos específicos de cada norma que se reflejan en el apartado 8 

- La información documentada pasa a 22 tipos de registros

- Y lo más complejo e interesante es la orientación a oportunidades en la gestión de la SST

- Así como la consideración de la SST en las compras y subcontratación, ampliando las responsabilidades a los proveedores como partes interesadas.

     La nueva norma imprime mayor importancia a la participación de los trabajadores y la comunicación; recomendando LC reuniones para  divulgar y consultar sobre los contenidos de la Revisión por la Dirección cuando son empresas pequeñas. 

Dña. Esperanza Martínez García continuó con la norma UNE 19001 Compliance,

En sentido general, no deja de ser una herramienta para poder ordenar normativas que ya conocemos o deberíamos conocer como

empresarios, administradores o directivos.

     Nos permite ordenar todas esas obligaciones que afectan al funcionamiento de una empresa para

controlar el cumplimiento de las mismas, evitando sorpresas desagradables, como el deterioro del

negocio o posibles sanciones o condenas.

     El art. 31 bis 1. (modelos de imputación) y art. 33.7 (penas):

- Se reconoce responsabilidad penal directa de las personas jurídicas, pero es necesario que una persona física cometa el delito

- La responsabilidad penal de la persona jurídica es independiente de la responsabilidad penal de la persona física, por mucho que sea necesario que una persona física haya cometido el delito

- La responsabilidad de la persona física y de la persona jurídica pueden coexistir.

Se trata de una responsabilidad limitada a determinados delitos:

  • Estafas
  • Frustración de la ejecución
  • Insolvencias punibles
  • Contra la propiedad intelectual e industrial
  • Contra los consumidores
  • Corrupción en los negocios y en las transacciones internacionales
  • Falsificación de moneda
  • Falsificación de tarjetas de crédito y débito y cheques de viaje
  • Contrabando (LO 12/1995)
  • Alteración de precios en concursos y subastas públicas (129 CP)
  • Negativa a actuaciones inspectoras (129 CP)
  • Blanqueo de capitales
  • Financiación ilegal de los partidos políticos
  • Contra la Hacienda Pública y contra la Seguridad Social
  • Cohecho
  • Tráfico de influencias
  • Urbanización, construcción o edificación no autorizables
  • Contra los recursos naturales y el medio ambiente
  • Relativos a las radiaciones ionizantes
  • Riesgos provocados por explosivos y otros agentes
  • Descubrimiento y revelación de secretos y allanamiento informático
  • Daños informáticos
  • Relativos a la manipulación genética (129 CP)
  • Tráfico ilegal de órganos humanos
  • Trata de seres humanos
  • Prostitución/ explotación sexual/ corrupción de menores
  • Delitos contra los derechos de los trabajadores (129 CP)
  • Contra los derechos de los ciudadanos extranjeros
  • Contra la salud pública
  • Tráfico de drogas
  • Delitos de odio y enaltecimiento
  • Asociación ilícita (129 CP)
  • Organización y grupos criminales (129 CP)
  • Financiación del terrorismo